sábado, 12 de diciembre de 2015

NOVISIMA DENUNCIA PARTE II

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I)             MAQUILLAJES Y GENERACION DE EXCEDENTES
                                                                                  FICTICIOS
           
                                    En efecto, en el año 2010 la Cooperativa Coronel Oviedo experimentó la pérdida de G. 1.021.112.267 (UN MIL VEINTIUN MILLONES CIENTO DOCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE GUARANIES), Sin embargo, violando, supuestamente, los requisitos establecidos en el párrafo 44 de las Normas de Información Financiera –NIF- 15 del Consejo de Contadores Públicos del Paraguay  y vulnerando el Art. 39 de los  Estatutos Sociales de la Cooperativa Coronel Oviedo (o sea, sin la autorización de la asamblea) los jerarcas de la Cooperativa de Producción Agro-Industrial y de Servicios “Coronel Oviedo” Ltda., en presunta confabulación con los empleados del departamento contable y subgerencia de dicha área y “vista gorda” de la Junta de Vigilancia, lesionaron presuntamente el patrimonio de la Cooperativa de Produccion Agro-Industrial y de Servicios “Coronel Oviedo” Ltda., al maquillar el estado financiero de la entidad solidaria y repartir, entre los socios, ficticios excedentes. En efecto, en el año 2010, se repartieron excedentes a los socios de la cooperativa consistente en la suma de G. 4.098.196.041 (CUATRO MIL NOVENTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y UN GUARANIES). Sin embargo, el referido excedente deriva de la ACTIVACION DE GASTOS FINANCIEROS, que asciende a la suma de G. 5.119.308.689 (CINCO MIL CIENTO DIEZ Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE GUARANIES),  conforme se deduce del cuadro contable obrante a fs., 41 del folleto de publicación de la memoria y balance del año 2010, que ofrecemos como prueba de nuestra parte. En consecuencia, si no se hubiese recurrido a la herramienta contable de la “activación”, en esta circunstancia no se habría obtenido ni siquiera excedente, sino por el contrario, se habría registrado una pérdida de G. 1.021.112.267 (UN MIL VEINTIUN MILLONES CIENTO DOCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE GUARANIES). Por tanto, al realizarse la distribución de la suma supra mencionada – que es un excedente inexistente, ficticio, falso- se habría causado un daño patrimonial de 4.098.196.041 (CUATRO MIL NOVENTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y UN GUARANIES) a la COOPERATIVA DE PRODUCCION AGRO INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS “CORONEL OVIEDO” LIMITADA. Estas son las artimañas (“maquillajes) a las que hice referencia ut supra, que los presuntos culpables no la realizaron solamente en el año 2010, sino lo ejecutaron sistemática y perversamente hasta arruinar definitivamente la entidad social de referencia. Y por tanto, entraña un fortísimo tufo del hecho punible tipificado con la nomenclatura de LESION DE CONFIANZA GRAVE, según el artículo 192 inc. 1º, numeral 2º del Código Penal, que contempla pena carcelaria de hasta diez (10) años de privación de libertad. En consecuencia, solicitamos de esa unidad fiscal la más exhaustiva investigación de los hechos de referencia.
                                                                                                CONTINUARÁ.

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